miércoles, 15 de abril de 2015

Los mejores cerramientos en Madrid




Se pueden instalar en multitud de espacios, ya sean terrazas de apartamentos, restaurantes, hoteles, villas, etc. Gracias a http://www.l5sl.com/

Además, reducen el mantenimiento de las terrazas, la contaminación acústica externa y proporcionan una calefacción natural al aprovecharse el calor del sol gracias a un cristal monolítico que absorbe y retiene el calor solar transfiriéndolo hacia el interior. Podemos hacerle sus cortinas de cristal a medida, con material de calidad y resistente y a unos precios inmejorables. De este modo, IMI proporciona los productos con los que diseñar soluciones estéticas y funcionales para crear espacios interiores mediante tabiques y paneles móviles divisorios (paneles con perfilería de aluminio visible, ciegos con perfilería oculta y de cristal sin perfilería), tanto en establecimientos profesionales como en residencias privadas y viviendas.

Cada vez son más las personas que, en sus empresas viviendas, optan por los cerramientos porque ofrecen tres ventajas fundamentales: preservan perfectamente de las condiciones climatológicas adversas que existan en el exterior, se pueden utilizar con múltiples aplicaciones y hacen útiles espacios que se tenían sin aprovechar. Esta característica hace que te decidas por instalar Cortinas de Vidrio templado en tu Porche, y así puedas tener tu hogar de la manera que más disfrutes, y sobre durante todo el año. Ningún acristalamiento para terrazas sin marcos es hermético al 100%, de ahí nuestro consejo de no habilitar este espacio para un dormitorio similar pero hay un sinfín de otros usos para la terraza.

Lo que antes se conocía como cerramiento, cerramientos de terrazas cierres es lo que hoy en día conocemos como: Acristalamientos, Cortinas de Cristal, Cristales para Terrazas sin marcos de aluminio… etc. Las cortinas de cristal Lumon no son sólo un concepto de hogar, sino también un concepto en amplitud, en ganar espacio en diferentes tipos de negocios. En el caso de edificios anteriores a la revisión del plan general que, sin estar fuera de ordenación, superen la edificabilidad atribuida por éste al solar que ocupen, la compensación determinada conforme al artículo 1.2.5 de las normas se calculará sobre el incremento que suponga el proyecto de nuevos cerramientos con respecto a la superficie edificable autorizada en su momento.

Este porcentaje limitará la totalidad de vuelos y terrazas, interiores exteriores, cerradas con posterioridad a la licencia original del edificio a partir de proyectos aprobados de modificación de fachadas por la vía de hecho, cuando impliquen superación de la edificabilidad del solar, aunque los cierres se hubieran consumado en fases anteriores. En el caso de las fachadas exteriores y visibles desde la vía pública se considerará fachada completa a estos efectos el plano de fachada sucesión de planos de fachada que la compongan siempre que se sucedan sin interrupción por otros edificios. En ningún caso se autorizará por este procedimiento el cierre de superficies abiertas que no estuvieran cubiertas en el proyecto original, tales como terrazas de áticos balcones descubiertos.

En la zona B del suelo urbano consolidado, el cierre de terrazas balcones sólo será admisible si se satisfacen las condiciones establecidas por las normas de ornato vigentes en el grado correspondiente.



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